Despiden a una mujer por llegar antes de hora al trabajo

la afectada alegó que accedía antes para gestionar la "gran carga de trabajo" y que esta práctica había sido tolerada durante más de dos años

04 de diciembre de 2025 a las 13:01h
Actualizado: 04 de diciembre de 2025 a las 13:01h

Llegar antes de hora al trabajo no siempre es una virtud. Así lo ha concluido el Juzgado de lo Social número 3 de Alicante, que ha declarado procedente el despido de una trabajadora de una empresa de logística que, a pesar de diversas advertencias, continuaba presentándose en las instalaciones antes del inicio de su jornada laboral. La jueza considera que esta conducta supone una “falta grave” que vulnera la confianza y la lealtad necesarias entre empresa y empleado

Según la sentencia, este no era el único incumplimiento. La trabajadora también utilizaba de manera fraudulenta la aplicación móvil de control horario, registrando la salida cuando ya estaba fuera del centro de trabajo, a pesar de que sus funciones no implicaban ningún desplazamiento. Además, se acreditó que había vendido en un desguace una batería usada de un vehículo de la empresa sin autorización.

Los hechos se remontan a finales de 2023, cuando la dirección advirtió por escrito a la trabajadora que no podía entrar antes de las 7:30 h. Aun así, durante el mes siguiente continuó haciéndolo en 19 ocasiones, llegando entre 30 y 45 minutos antes. Una segunda advertencia, a finales de diciembre, tampoco tuvo efecto, y en las dos semanas siguientes persistió en la misma actitud. Ante esta reiteración, la empresa optó por el despido, que la trabajadora impugnó.

Durante el juicio, la afectada alegó que accedía antes para gestionar la “gran carga de trabajo” y que esta práctica había sido tolerada durante más de dos años. Sin embargo, el juzgado considera probado que nadie más de la plantilla entraba antes de la hora establecida y que, en realidad, no tenía tareas asignadas antes de las 7.30 h, ya que su trabajo se limitaba a revisar las rutas y vehículos preparados el día anterior por otro compañero.

La jueza destaca que la trabajadora insistió en actuar contra las instrucciones de la dirección, afectando gravemente la confianza en la relación laboral. A esto se añade el uso fraudulento del sistema de fichaje, con al menos seis registros irregulares, y la venta no autorizada de la batería del vehículo, considerado un acto de deslealtad y fraude.

Con este conjunto de infracciones, el juzgado ha avalado el carácter procedente del despido, lo que implica que la trabajadora no tiene derecho a indemnización.

 

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Adrià Torres
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