La Justicia ha absuelto a un hombre acusado de abusar sexualmente de su hija después de comprobar que las relaciones incestuosas fueron consentidas. La sentencia reconoce que es posible que hubiera relaciones sexuales entre padre e hija, pero no ve constancia de que fueran relaciones forzadas o que el padre impusiera su superioridad. De hecho, el hombre aseguró que la iniciativa salió de su hija.
Los hechos comenzaron en el año 2019, cuando el acusado consiguió que su hija, mayor de edad y residente en Venezuela, viniera a vivir a España de forma indefinida. La chica defiende que se mudó con su padre a Tenerife y unos días después, en una noche de fiesta, bebieron alcohol y mantuvieron relaciones sexuales mientras la chica estaba inconsciente. En los días siguientes, las relaciones se repitieron.
Según la Audiencia Provincial, no se puede probar que las relaciones sexuales se hicieran en un contexto donde ella estaba inconsciente y no hay ninguna prueba que dé peso a su versión. Además, como que la chica no era menor ni se ha detectado ninguna relación de dependencia o “vulnerabilidad manifiesta”, no se puede considerar que se cometiera un abuso sexual. De hecho, un informe psicológico asegura que es la chica quien tiene una “personalidad firme y dominante” sobre el hombre.
Fue la chica quien denunció a su padre y lo acusó de haberla agredido sexualmente mientras dormía. Aseguró que se aprovechó de haber bebido para hacerlo, pero que ella no lo supo hasta que el hombre se lo confesó.
El acusado, en cambio, niega los abusos mientras dormía y niega haberlo dicho a la chica. Como que no hay pruebas que corroboren la versión de la chica, prevalece la presunta inocencia del padre. La Audiencia, en cambio, sí que da por bueno que existieron relaciones sexuales entre padre e hija.
En el momento de los hechos, la chica tenía 19 años y vino a España a regularizar su situación, ya que su padre es de nacionalidad española.