Los indicadores siguen disparados en Cataluña, y especialmente entre los jóvenes. Los efectos de la explosión de contagios ya se notan en los hospitales, donde han aumentado los ingresados y los pacientes críticos en las UCI. Ante esta situación, Salud ha decidido aplicar nuevas medidas restrictivas. Así, se limita el horario de todas las actividades y se limitan de nuevo las reuniones, entre otras. A continuación, qué se podrá hacer y qué no en Cataluña si el TSJC valida las nuevas medidas del Gobierno:
Movilidad
- Se puede circular sin mascarilla por la calle cuando hay distancia entre individuos. - Libre movilidad durante todo el día. - Libre entrada y salida de Cataluña. - Libre movilidad por toda Cataluña. - Se recomienda limitar los desplazamientos fuera del domicilio y la circulación por la vía pública. - Transporte público al 100%. - Taxis y vehículos de transporte público sin límite de pasajeros.Reuniones y encuentros
- Reuniones limitadas a 10 personas. - Prohibido comer y beber en espacios públicos.Comercio y empresas de servicios
- Aforo del 70% en comercios y centros comerciales. - Todos los establecimientos comerciales y de servicios pueden abrir de 6 a 00.30 horas, según la licencia que tengan. Las tiendas de 24 horas, también. - Apertura de todos los comercios no esenciales cada día de la semana, con los centros comerciales incluidos. - Se permite la recogida escalonada en el local y el reparto a domicilio hasta las 00.30 h.Actividades culturales, recreativas y espectáculos públicos
- Todas las actividades quedarán cerradas a las 00.30 h. - Prohibidos los eventos con gente de pie. Deben ser todos con asiento asignado y ya no se pedirán tests de antígenos. - Fiestas mayores y verbenas: los actos deben seguir las medidas generales. - Aforo del 70% en espacios culturales. - Las actividades culturales que admitan más de 15.000 personas pueden llenar el 20% de su aforo creando sectores independientes de 3.000 personas. - Parques temáticos abiertos al 50%. - Parques y jardines públicos y áreas de juego infantiles al aire libre con una ocupación del 50% y sin límite de horario. - Espacios infantiles lúdicos al 50%. - Aforo del 70% en salas de juego, bingos y casinos: máximo 500 personas en el interior y 1.000 en el exterior.
Actos religiosos, ceremonias civiles
- Actos religiosos y ceremonias con asistencia limitada al 70% (bodas y funerales incluidos). - Límite de asistentes a los actos religiosos a 1.000 personas en interiores y 3.000 al aire libre.
Actividad deportiva
- Actividad deportiva permitida de 6 de la mañana a 12 de la noche. - Abiertos los equipamientos deportivos de interior -incluidos gimnasios y piscinas- al 70%. - Permitida la restauración en equipamientos deportivos con las mismas medidas que el resto. - Las competiciones deportivas que admitan más de 15.000 personas pueden llenar el 20% de su aforo con sectores independientes de 3.000 personas. - Se permiten todas las competiciones deportivas federadas. - Se permite el público en todas las competiciones de ámbito catalán donde haya asiento preasignado, al 70%. - Vestuarios deportivos utilizados por todos los usuarios. - Equipamientos deportivos al aire libre con aforo limitado al 70%. - Actividades en grupo al aire libre sin limitación de personas y sin necesidad de mascarilla. - Asambleas deportivas al 70% y con un aforo máximo de 500 personas (1.000 al aire libre).
Hostelería y restauración
- Interiores y terrazas de bares y restaurantes pueden abrir sin interrupciones de 6 de la mañana a las 00.30 h de la madrugada. - Grupos de hasta 10 personas en las mesas de los bares y restaurantes. - Aforo del 50% en interiores de bares y restaurantes. 100% en exteriores. - Aforo del 50% en espacios comunes de los hoteles.
Enseñanza
- Se pueden celebrar actos de graduación en las universidades. - Docencia presencial hasta el 50% en las universidades. - Docencia presencial en infantil, primaria, ESO y bachillerato. - Se permiten las actividades extraescolares en infantil, primaria, secundaria, bachillerato y ciclos formativos. - Presencialidad en escuelas para adultos, de régimen de enseñanza especial y escuelas oficiales de idiomas. - Pueden abrir las escuelas de música y danza. - Semipresencialidad en los estudios postobligatorios. - Se permiten las pernoctaciones en las salidas escolares siempre que sean con el grupo burbuja del centro.