¿Qué multas pone la DGT a patinetes y bicis?

27 de mayo de 2021 a las 12:09h

Ahora más que nunca debemos tener mucho cuidado al cruzar un paso de cebra, sobre todo si somos usuarios de una bicicleta o un patinete eléctrico, porque al pasar por uno de ellos debemos tener claro que son los peatones quienes tienen preferencia.

Para la DGT se consideran peatones aquellas personas que van a pie por la vía pública, y lo hace extensivo también a quienes por problemas de movilidad se ven obligados al uso de una silla de ruedas.

Por lo tanto, la norma está más que clara, prohibiendo el paso a bicicletas y patinetes eléctricos (ambos vehículos que la norma equipara a las motocicletas) y a cuyos conductores obliga a bajarse y a cruzarlos caminando, excepto cuando exista en él un carril habilitado para estos medios de transporte.

Las multas para quienes cometan esta infracción serán de hasta 200 euros según lo tipificado en el artículo 65 del Reglamento General de Circulación.

Asimismo, también está prohibido para las bicicletas y los patines circular por aceras y zonas para peatones, y regula que cuando circulen por la carretera, deberán hacerlo siempre por el carril más próximo a la acera.

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C CIUTAT
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