Multarán a los conductores que lleven la mascarilla colgando del retrovisor

08 de septiembre de 2020 a las 10:35h

La mascarilla durante la conducción no es obligatoria si el piloto va solo o acompañado de personas que residen habitualmente bajo el mismo techo. Los usuarios la pueden guardar dentro del bolso, mochila o incluso en algún compartimento del vehículo, pero dejar la mascarilla en otras partes del turismo puede provocar una sanción.

MASCARILLA EN EL RETROVISOR

Si se consulta el código de circulación no habrá ninguna norma que prohíba expresamente llevar algo colgando del espejo retrovisor, de manera que los conductores pueden caer en el engaño de que no pueden ser multados por llevar la mascarilla. Por el contrario, sí que pueden ser sancionados ya que se incumplen otras normas de conducción.

En concreto se está rompiendo una norma establecida en el artículo 19 del Reglamento General de Circulación en el cual se especifica que el conductor está obligado a mantener el campo de visión necesario y la atención permanente a la conducción para garantizar su propia seguridad y la de sus pasajeros.

MULTAS DE HASTA 80 EUROS

Al colgar la mascarilla en el espejo, los conductores están incumpliendo las dos advertencias ya que la mascarilla no solo impide la visión en el centro del parabrisas, sino que además puede ser objeto de distracción en la conducción, pudiendo ser por tanto motivo de accidente.

Por eso, aunque no es lo habitual, los agentes podrían parar a los conductores y multarlos con 80 euros.

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C CIUTAT
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