El PROCICAT ha aprobado hoy el documento de Especificaciones sobre el Plan de actuación para el curso 2020-2021 para centros educativos en el marco de la pandemia por COVID-19 en relación con las actividades extraescolares y las colonias y salidas escolares. Este documento, elaborado conjuntamente por los departamentos de Educación, Salud e Interior, la Secretaría General del Deporte y la Dirección General de Juventud, tiene como objetivo concretar las indicaciones que se dieron en el mes de julio en relación a la organización de estas actividades para que se puedan realizar en condiciones de seguridad.
Así pues, propone medidas que siguen la pauta del resto de protocolos: grupos estables y constantes para garantizar la trazabilidad de los contactos estrechos, medidas en relación al uso de la mascarilla, aspectos organizativos como son el uso de las duchas y vestuarios, y otras medidas de prevención, seguridad e higiene como la ventilación, limpieza y desinfección de los espacios o el lavado de manos y del material utilizado.
En cuanto a las extraescolares, el documento se aplica a las organizadas o promovidas por los centros educativos, sus asociaciones de madres y padres de alumnos o sus secciones deportivas, así como por las asociaciones deportivas escolares o figuras análogas, como las entidades deportivas legalmente previstas, y que estén previstas en las respectivas programaciones generales anuales. También se aplican, con carácter subsidiario y siempre que no haya una regulación específica, a las actividades y modalidades formativas en centros no educativos.
Entre las novedades en la realización de las actividades, el protocolo establece que se deberá realizar un registro diario de la asistencia de los integrantes del grupo estable (deportistas, monitores, etc.) que se debe conservar al menos durante 1 mes.
En relación a los espacios en los que se realizarán las actividades extraescolares, el documento prevé que la superficie de espacio disponible debe permitir una distancia mínima de 1,5 metros entre cada participante y, siempre que sea posible, que las actividades tengan lugar al aire libre. También especifica que el uso de la mascarilla es obligatorio a partir de los seis años, excepto cuando se esté realizando una práctica deportiva que sea incompatible, en las clases de instrumentos de viento y de canto, y cuando el uso esté contraindicado por motivos de salud.
Los vestuarios sólo serán utilizados de manera simultánea por niños y adolescentes de un mismo grupo estable de las actividades extraescolares y, tanto en los vestuarios como en las duchas, habrá que mantener la distancia de seguridad y, por tanto, el número de personas que los utilicen simultáneamente debe garantizarlo.
En el caso de que haya sospecha o detección de contagio se aplicarán los procedimientos habituales determinados para el funcionamiento habitual de los centros educativos.
Sin perjuicio de lo que se establezca en las regulaciones específicas de las competiciones federadas y de las actividades realizadas en el marco de los Juegos Deportivos Escolares de Cataluña, los eventos deportivos o celebraciones que tengan lugar en los centros educativos se realizarán sin la asistencia de público.
En cuanto a las colonias y salidas escolares, las de un día se organizarán en grupos estables de convivencia que serán coincidentes con los grupos definidos por la actividad lectiva y tendrán uno o varios monitores que interactuarán de manera transversal. Se especifica que pueden convivir diferentes grupos de centros educativos diferentes en una misma instalación sea con alojamiento o sin él, siempre y cuando se respeten los grupos de convivencia y la distancia de seguridad entre estos. El documento también indica que se debe disponer de un plan de limpieza y desinfección adaptado a cada instalación, a sus espacios y usos (comedores, habitaciones, aulas, espacios deportivos, lavabos y duchas).
