Descuentos falsos en Lidl: multa de Consumo a la cadena de supermercados por hacer publicidad engañosa

FACUA denunció que la cadena alemana anunciaba rebajas inexistentes y la Agencia Catalana de Consumo ha confirmado tres infracciones con una multa total de 77.000 euros

06 de noviembre de 2026 a las 10:20h

La Agencia Catalana de Consumo ha sancionado a Lidl con 77.001 euros tras la denuncia presentada por FACUA-Consumidores en Acción, que alertó de la presencia de descuentos falsos en diversos productos expuestos a la venta, de la negativa a facilitar la información requerida por las autoridades y de la vulneración de los derechos lingüísticos de los consumidores porque el ticket impreso no estaba en catalán.

Irregularidades detectadas en los precios de las ofertas

La asociación detectó en 2023, a través de sus estudios mensuales de precios en ocho grandes cadenas de distribución del Estado, que la cadena alemana incumplía la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista al anunciar como precio anterior, en la etiqueta de la oferta, un importe que el producto no había tenido, al menos, durante los 30 días previos.

El artículo 20 de esta norma establece que "siempre que se ofrezcan artículos con reducción de precio, deberá figurar con claridad, en cada uno de ellos, el precio anterior junto con el precio reducido, salvo que se trate de artículos puestos a la venta por primera vez. Se entenderá por precio anterior el menor que se haya aplicado sobre productos idénticos en los treinta días precedentes".

Según FACUA, diferentes artículos mostraban durante un mes un supuesto descuento en un cartel rojo, pero el precio era exactamente el mismo que habían tenido el mes anterior, cuando no figuraban como oferta. De esta manera, se exhibía un precio anterior más elevado del que realmente había costado el producto en el período precedente para poder «acreditar» la bajada en el mes siguiente.

Tres sanciones y una multa reducida al 50%

A partir de la investigación abierta a raíz de la denuncia, la Agencia Catalana de Consumo ha concluido que había tres irregularidades y ha impuesto una multa total de 77.001 euros.

La primera sanción es de 35.000 euros por hacer publicidad de manera "que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión a las personas a que se dirige o se omitan datos fundamentales que impidan conocer las verdaderas características o naturaleza del bien o servicio".

La segunda, también de 35.000 euros, es por "no suministrar o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes en cumplimiento de las funciones de información, vigilancia, investigación, inspección, tramitación y ejecución".

La tercera asciende a 7.001 euros por "vulnerar los derechos lingüísticos de los consumidores o usuarios o incumplir las obligaciones en materia lingüística que establece la normativa", dado que el ticket de compra no estaba redactado en catalán.

La sanción total de 77.001 euros ha quedado reducida al 50% después de que Lidl aceptara la propuesta de resolución y abonara 38.500,50 euros dentro del plazo habilitado de 15 días hábiles.

FACUA reclama más vigilancia y sanciones con efecto disuasorio

FACUA considera que resoluciones de esta cuantía transmiten el mensaje preocupante de que incumplir la normativa vigente y vulnerar los derechos de los consumidores puede resultar rentable para las empresas.

Por este motivo, la asociación pide a las administraciones competentes que refuercen la vigilancia para detectar posibles irregularidades y que apliquen sanciones proporcionadas a la gravedad de los hechos y con suficiente capacidad disuasoria.

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