El Gobierno español dará un salto adelante en la supervisión de los pagos electrónicos. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria tendrá acceso completo a todas las operaciones realizadas a través de Bizum, tarjetas bancarias y plataformas financieras como Revolut, Wise o N26. El nuevo marco queda recogido en el Real Decreto 253/2025, que elimina definitivamente los límites mínimos de información y obliga a las entidades bancarias a remitir datos de cualquier movimiento, independientemente de la cantidad
Adiós al límite de 10.000 y 3.000 euros: todos los movimientos cuentan
Hasta ahora, solo determinadas operaciones —como las transferencias superiores a 10.000 euros o pagos a partir de 3.000— se incluían automáticamente en los informes que los bancos remitían a Hacienda. Con la nueva normativa, este sistema desaparece: el objetivo pasa de controlar importes concretos a identificar patrones de uso y movimientos recurrentes.
Esta reforma responde a la expansión masiva de los pagos inmediatos, especialmente Bizum, muy utilizado en sectores como la restauración, el comercio local y los servicios personales.
¿Qué sabrá Hacienda a partir de ahora?
Cada mes, las entidades financieras enviarán informes detallados que incluirán: Identificación del receptor, número de comercio y terminales utilizados, conjunto de operaciones efectuadas, cuentas implicadas en cada movimiento e importes totales procesados.
A partir de febrero de 2026, Hacienda recibirá la primera remesa con los datos correspondientes al mes de enero.
Autónomos y empresas: obligados a facturarlo todo
Cualquier ingreso recibido vía Bizum o tarjeta quedará sujeto a factura, donde deberán constar: Nombre y NIF, concepto de la operación, IVA aplicable, y IRPF, cuando corresponda.
Además, deberán incluirse en los modelos habituales: 303 (IVA trimestral), 130 (pagos fraccionados de IRPF), 390 y 100 (resúmenes anuales)
Nuevos modelos fiscales para adaptarse al cambio
Para facilitar la adaptación de los trabajadores por cuenta propia, la Agencia Tributaria ha creado cuatro nuevos formularios:
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Modelo 170: mensual. Los bancos informan de los ingresos generados por Bizum y tarjeta.
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Modelo 174: anual. Registro de operaciones con tarjeta superiores a 25.000 €.
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Modelo 181: operaciones inmobiliarias y préstamos.
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Modelo 196: información mensual sobre nuevas cuentas y resumen anual de movimientos y saldos.
Un nuevo escenario para los pagos digitales
Con este cambio legislativo, Bizum deja de ser percibido como un medio “informal” de enviar dinero y se incorpora al circuito fiscal igual que cualquier otra herramienta bancaria. Las entidades de pago y las aplicaciones vinculadas al móvil también deberán comunicar los cargos y abonos que registren.
La normativa pretende reducir la economía sumergida y asegurar que todos los ingresos queden correctamente declarados. Esto no implica que Hacienda revise uno por uno todos los movimientos, pero sí que todos quedarán registrados y disponibles para inspección.
El cambio supone una transformación profunda en la relación entre los usuarios y los pagos digitales, ahora plenamente integrados en el control fiscal ordinario.
