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La Generalitat de Cataluña ha anunciado que del 15 de marzo al 15 de octubre hay que pedir autorización para poder llevar a cabo actividades con riesgo de incendio forestal en las zonas cercanas al bosque.
Generar llamas, deflagraciones o chispas requerirá supervisión y autorización implícita. Estas actividades pueden ser fuegos de actividades de recreo, hogueras y barbacoas, quemas de restos vegetales y actividades pirotécnicas.
Dónde pedir la autorización
La autorización se puede solicitar por internet a través de la plataforma 9PERFOC o presencialmente en las oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
Prohibiciones
- No se pueden quemar restos de poda y de aprovechamientos forestales en márgenes próximos a bosques sin autorización.
- No se pueden hacer fuegos de recreo ni otros relacionados con la apicultura.
- En áreas recreativas y de acampada y en parcelas de urbanizaciones, se puede hacer fuego con barbacoas de obra con matachispas.
- Prohibido tirar objetos encendidos y verter basuras y restos vegetales e industriales que puedan ser la causa del inicio de un fuego.