La Agencia Tributaria ha abierto este miércoles el plazo para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025, una campaña que se alargará hasta el 30 de junio y que llega con nuevas deducciones orientadas a rentas bajas y jóvenes, pero sin “grandes novedades”, según los gestores tributarios.
Los límites que determinan quién está obligado a declarar se mantienen sin cambios: deberán presentarla los contribuyentes con ingresos superiores a 22.000 euros anuales de un solo pagador, o de 15.876 euros si tienen dos o más pagadores —siempre que el segundo y siguientes superen los 1.500 euros. También están obligados los autónomos y los beneficiarios del ingreso mínimo vital. En cambio, los parados no deberán hacerla si no superan estos umbrales.
En cuanto a los trabajadores que cobran el salario mínimo (1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas en 2025), deberán presentar la declaración, aunque, si no tienen otras rentas, podrán acceder a una deducción que garantiza que no deberán pagar.
Calendario y modalidades de presentación
La declaración se puede presentar desde ahora por internet. A partir del 6 de mayo se activará la atención telefónica, mientras que desde el 1 de junio se podrá hacer presencialmente en las oficinas.
Además, ya está disponible el simulador en la web de Hacienda, que permite saber si el resultado será a pagar o a devolver. En caso de que salga a ingresar, se puede fraccionar el pago en dos plazos sin intereses: el 60% al presentarla y el 40% restante en octubre.
Deducciones y cambios destacados
Los gestores tributarios califican la campaña de “continuista en general” y recomiendan “no correr, revisarlo todo bien” y, si hay dudas, consultar. La economista y gestora Carme Elena insiste en estar “alerta” especialmente con las subvenciones de vehículos eléctricos, las deducciones autonómicas y los movimientos por Bizum y neobancos.
En el ámbito estatal, se mantienen las deducciones por obras de eficiencia energética hasta el 31 de diciembre de 2025. También se prorroga la deducción por la compra de vehículos eléctricos (15% hasta 3.000 euros) y por la instalación de puntos de recarga (15% con un máximo de 600 euros). Elena alerta que “es muy importante” tener en cuenta las subvenciones recibidas, ya que pueden tributar: “Nos podemos encontrar la sorpresa de que un vehículo que dedujimos hace dos años ahora tiene que pagar porque hemos cobrado una subvención”.
Además, se ha incrementado el tipo impositivo de las rentas del ahorro para ingresos superiores a 300.000 euros, que pasa del 28% al 30%.
Deducciones en Cataluña
En el tramo autonómico, Cataluña cuenta con trece deducciones. Entre las novedades, se incluyen ayudas para el alquiler para víctimas de violencia machista y por inversiones en cooperativas agrarias y de vivienda. También se han actualizado deducciones como la de nacimiento o adopción —que ahora incluye el acogimiento— y la de viudedad.
Una de las más relevantes es la deducción para los inquilinos menores de 35 años: permite deducir el 10% del alquiler hasta 500 euros anuales (1.000 en declaración conjunta), siempre que la base imponible sea inferior a 30.000 euros. También hay una deducción de unos 100 euros para jóvenes con dos o más pagadores que, según los gestores, “poca gente” aplica.
Además, se ha reducido el tipo en los primeros tramos autonómicos para favorecer rentas bajas, con una rebaja aproximada de 70 euros para bases de entre 20.000 y 30.000 euros.
Recomendaciones y advertencias
Los expertos insisten en la importancia de revisar los datos fiscales y comprobar que el borrador incluye todas las deducciones aplicables, ya que “muchas veces son desconocidas” y no se incorporan automáticamente.
También recuerdan que no presentar la declaración cuando es obligatorio comporta sanciones, mientras que si no se está obligado y el resultado es a devolver, no hay penalización: “Por lo tanto, la recomendación siempre es mirar qué nos sale. Nos podemos llevar la sorpresa de que no la presentamos y sale a devolver”.
Finalmente, los gestores alertan que hay que declarar los ingresos por Bizum según su naturaleza, así como los rendimientos obtenidos en cuentas de neobancos, aunque sean en el extranjero. En cuanto a plataformas de segunda mano como Vinted o Wallapop, hay que declarar si se superan las 30 operaciones, los 2.000 euros de ingresos o si se obtienen ganancias.
