Abusa de la cuñada de 11 años mientras duerme, en Cataluña

02 de julio de 2023 a las 12:45h

La Audiencia de Girona ha condenado a 3 años de prisión al acusado de abusar sexualmente de la cuñada de 11 años mientras dormía en Anglès (Selva) la noche del 23 de octubre de 2020. Era el segundo juicio por delitos sexuales del procesado. En el primero, la Audiencia lo absolvió de haber violado a una adolescente volviendo de fiesta en el año 2017 por falta de pruebas. La sentencia de la sección cuarta considera probado que el joven entró en la habitación donde dormía la víctima y le hizo tocamientos aprovechando que estaba dormida. Cuando la menor se despertó, lo vio al lado de la cama con los pantalones bajados y corrió inmediatamente al comedor para alertar a su madre.

La sentencia de la sección cuarta de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente la magistrada Mercedes Alcázar, expone que el procesado era pareja de la hermana de la víctima y "solía convivir" con ella, la menor de 11 años y la madre de las dos en un domicilio de Anglès.

 

Alrededor de las once y media de la noche del 23 de octubre de 2020, y después de volver de estar con unos amigos en un bar, el procesado entró en la habitación donde dormía la pequeña. "Aprovechando que estaba dormida, se tumbó al lado de ella en la cama y, con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos, le bajó los pantalones del pijama y le empezó a tocar los genitales con una mano", concluye el tribunal.

La pequeña se despertó cuando notó "molestias" en la zona genital: "Se encontró al acusado de rodillas a los pies de la cama, cosa que asustó a la niña, que salió corriendo de la habitación y fue al comedor donde estaba su madre". Tan pronto como le explicó a la madre lo que había pasado, la mujer lo echó de casa. Él, sin embargo, esperó alrededor del inmueble la llegada de su pareja.

 

Cuando la chica llegó, tuvieron una "discusión violenta" por lo que había pasado y "expulsaron definitivamente" al acusado del domicilio.

En el juicio, el procesado negó los hechos y aseguró que, después de estar en el bar, volvió antes a casa a dormir porque al día siguiente trabajaba y tenía que levantarse pronto. Según su versión, se despertó cuando su suegra, gritando, le dijo que se marchara de casa.

La Audiencia no se cree su relato exculpatorio y remarca que hay pruebas que acreditan los abusos, como la "reacción inmediata" de la niña yendo a avisar a su madre y la declaración de la mujer, que explicó en la sala de vistas que la menor tenía un "impacto emocional notable" cuando salió corriendo de la habitación. Además, el tribunal también tiene en cuenta que, según los testigos, las sábanas de la habitación del procesado estaban "intactas", y esto descarta que estuviera durmiendo antes de que la niña explicara los hechos.

 

"Si bien los tocamientos no dejaron evidencias físicas ni lesiones, sí que cuentan con unos elementos de corroboración como son la existencia de afecciones psíquicas en la menor provocados por los hechos denunciados", expone la sentencia. La sección cuarta recoge que, como consecuencia de los abusos, la niña ha tenido que recibir tratamiento psicológico y tiene síntomas compatibles con estrés postraumático.

Por eso, la Audiencia le impone 3 años de prisión y 6 de libertad vigilada a Ali Laghrissi como autor de un delito de abuso sexual a menor de 16 años. No se podrá acercar ni comunicarse con la víctima durante 6 años y la tendrá que indemnizar con 7.950 euros por el daño moral.

 

Absuelto hace pocos meses

No es el primer juicio por delitos sexuales al que se ha enfrentado el acusado. El noviembre pasado, la sección tercera de la Audiencia lo absolvió de violar a una adolescente volviendo de fiesta en Anglès en 2017. La fiscalía solicitaba entonces una condena de 13 años de prisión.

La causa giraba alrededor de dos versiones totalmente opuestas. La del procesado, que negó los hechos, y la de la menor, que entonces tenía 14 años, y que en el juicio declaró que la había violado de madrugada en una zona cercana al instituto. La sentencia absolvió al acusado porque el "déficit probatorio" del caso era tan "notorio" que no permitía hacer decaer la presunción de inocencia. Aunque la víctima tardó tres años en denunciarlo, cosa que dificultaba obtener pruebas, el tribunal lamentó que no se citaran testigos, ni se hubieran aportado informes psicológicos o conversaciones de Whatsapp que podrían haber avalado la versión de la adolescente.