El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado que se puedan agrupar materias en ámbitos en el bachillerato y ha determinado que debe ser obligatorio ofrecer una segunda lengua extranjera a segundo. La sentencia estima el recurso del sindicato Profesores de Secundaria (Aspepc-sps) contra el decreto de 2022 de ordenación de las enseñanzas de bachillerato.
La sentencia, a la que ha tenido acceso la ACN, determina que la normativa no contempla la creación de ámbitos en esta etapa educativa, y por ello anula los artículos del decreto que determinan esta clasificación. Por otro lado, dice que el trabajo de investigación no puede contar un 10% de la nota y que los centros deberán ofrecer una segunda lengua extranjera como optativa también a segundo.