Pedro Cañete Marin entró en quirófano en el año 2015 por una doble cirugía rutinaria de retina en el Hospital Reina Sofía de Córdoba. Le aplicaron un colirio conocido como Ala Octa, el cual resultó en que Cañete se quedara inevitablemente sin visión. La fseva familia denunció al servicio sanitario de Andalucía, pero no ganaron el juicio: se consideraba que la entidad no tenía la responsabilidad del hecho.
Este caso fue uno de muchos otros, que se han ido sucediendo en los últimos años. En 2015 la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) comenzó a investigar el producto y, en seguida, descubrió que los casos notificados en 2015 ascendían a 116 en 28 centros sanitarios españoles de diferentes comunidades autónomas. Otro de ellos es el de una mujer a quien el colirio la dejó sin visión en su ojo izquierdo.
Fue poco después que la AEMP instó a la retirada inmediata del producto. Alamedics retrocedió, primero retirando todos los lotes de Ala Octa en España, después los dejó de fabricar y distribuir y, finalmente, retiró todos los lotes en el ámbito europeo y se declaró en quiebra.
Los casos no dejaron de aparecer y notificarse y es recientemente, en octubre de este año, que la Fiscalía de la Audiencia Nacional abrió una investigación sobre la afectación negativa de este fármaco a la visión. En el juicio la AEMPS ha sido condenada a pagar 25.000 € por el caso de la paciente que perdió la visión en el ojo izquierdo, y no puede recurrir contra la sentencia por no superar los 30.000 €.
Esta sentencia da esperanzas a muchos otros afectados por un producto que, como no era considerado un medicamento, no pasó los mismos controles de calidad y resultó defectuoso.