El sistema de control de acceso de vehículos con cámaras de videovigilancia y lectura y reconocimiento automático de matrículas en las zonas peatonales de Sant Pere de Ribes entrará en funcionamiento el próximo 1 de marzo. La alcaldesa, Abigail Garrido, y el concejal de Seguridad, Josep de Barberà, han explicado este martes, 20 de febrero, los detalles de la puesta en marcha de este sistema. La alcaldesa ha dicho que las cámaras informarán sobre “cuáles son los vecinos y vecinas que tienen autorización para poder entrar en la calle sólo con la finalidad de llegar a su zona de aparcamiento”, aunque existirán excepcionalidades con los vehículos de emergencia y sanitarios. “Son calles que están pensadas para las personas, son espacios de seguridad y queremos que sean zonas pacificadas., que se respete esta utilización y que sea de uso exclusivo de peatones”, ha remarcado. Este cambio de sistema de control supondrá la desaparición de los pilones colocados actualmente en algunas calles de este tipo.
El concejal de Seguridad ha explicado que la pacificación de estas calles “ya existía y lo que hacemos ahora es una mejora en el control de acceso. a través de las cámaras que sólo graban las matrículas”. En cuanto a las personas que pueden pedir la autorización, de Barberà ha comentado que lo pueden hacer los vecinos que tengan aparcamientos con vados y también otras personas que puedan justificar que deben acceder a ellos “para hacer la carga y descarga de una persona con movilidad reducida o alguna discapacidad“. El sistema se acabó de instalar en enero de 2023 y durante este tiempo se ha tenido que hacer la correspondiente tramitación de la aprobación, exposición pública y alegaciones del reglamento regulador del acceso restringido a las islas o zonas peatonales de Sant Pere de Ribes. Además, se han realizado las pruebas pertinentes para comprobar el funcionamiento de las cámaras y se ha informado al vecindario para que pudiera tramitar la autorización correspondiente.
Hay que tener en cuenta que en estas zonas ya ha existido hasta ahora una restricción de la circulación de vehículos por medio de elementos como señales de circulación o sistemas de balizamiento. Los problemas derivados de este sistema, con averías y molestias a los usuarios con acceso autorizados, ha hecho que se opte por la instalación de un sistema de videocámaras automatizado de lectura y reconocimiento automático de placas de matrículas en los accesos a estas zonas peatonales permanentes.
El Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes está llevando a cabo una campaña informativa sobre este sistema de control a través de las redes sociales, la página web del consistorio y otros medios de comunicación.
Funcionamiento
En total se han instalado 8 cámaras en las principales zonas peatonales de Ribes y Les Roquetes:
Eje Ribes: Calle Nou – Enseñanza – 9 de noviembre y Callejón de la Creueta.
– 1 cámara c. Nou, esquina c. de Sitges
– 1 cámara c. Nou, esquina c. Jaume Balmes
– 1 cámara c. de la Enseñanza, esquina c. Nueve
– 2 cámaras de callejón de La Creueta, esquina c. La Pau
– 1 cámara c. del 9 de noviembre, esquina c. de Sitges
Eje Les Roquetes: calles St. Jordi – Almogàvers
– 1 cámara c. de Sant Jordi, esquina con c. Roger de Flor
– 1 cámara c. de Els Almogàvers, esquina con Av. Cataluña
Se admite la circulación de vehículos motorizados siempre que estén expresamente autorizados, principalmente, a los vecinos y vecinas. La mayoría ya lo han hecho o tienen la autorización tramitada. El acceso no autorizado podrá conllevar sanciones a partir de 100 euros de acuerdo la Ordenanza municipal de Circulación, de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos de motor y Seguridad vial, el Reglamento General y el resto de normativa de aplicación.
¿Quién puede solicitar la autorización de acceso?
- Titulares, inquilinos o usuarios de una plaza de aparcamiento dentro del área peatonal que dispongan de autorización y de licencia de entrada y salida de vehículos (gual).
También se autorizará el acceso para supuestos temporales y excepcionales:
- Los vehículos de emergencia, como los de los servicios de prevención y extinción de incendios, de los cuerpos y fuerzas de seguridad, ambulancias y transporte sanitario.
- Los vehículos destinados a la prestación de servicios de las diferentes administraciones públicas.
- Los que trasladen enfermos o personas incapacitadas con domicilio o atención dentro del área por el plazo de tiempo imprescindible para llevar a cabo el servicio.
Normas generales de circulación en estas zonas peatonales reguladas
- La circulación de cualquier vehículo autorizado deberá hacerse tomando todas las precauciones necesarias y no deberá sobrepasar la velocidad de una persona al paso, en todo caso nunca superior a 10 km/h.
- Dentro de las zonas peatonales está totalmente prohibido aparcar.
- Los vehículos autorizados podrán acceder a las áreas peatonales sin limitación de horario ni tiempo de estancia siempre que la permanencia del vehículo en el área se realice dentro del aparcamiento privado.