El juzgado de lo penal 2 de Girona ha amnistiado a los cuatro encausados por el corte de las vías del AVE a Girona durante el primer aniversario del 1-O.
Después de que sus defensas solicitaran la medida de gracia, y de que tanto la fiscalía como la abogacía del Estado tampoco se opusieran, ahora el juzgado ha dictado el sobreseimiento y el archivo de la causa.
Los procesados se enfrentaban a penas de 4 años de prisión y multas por valor de 12.150 euros por los delitos de desórdenes públicos, atentado, daños y desobediencia.
El juicio se había fijado para diciembre, pero precisamente se suspendió a la espera de la entrada en vigor de la ley.
Ahora, en su auto, el juzgado recoge que la causa se enmarca plenamente dentro de los supuestos que recoge la amnistía.
La investigación por el corte de las vías del AVE a Girona durante el primer aniversario del 1-O llegó a tener diecinueve investigados, entre ellos el entonces alcalde de Celrà (Gironès), Dani Cornellà, y el alcalde de Verges (Baix Empordà), Ignasi Sabater, detenidos por la Policía Nacional el 16 de enero de 2019.
Fiscalía y abogacía del Estado acabaron acusando a cuatro activistas, que son los que estaban pendientes de juicio.
A finales del año pasado, el juzgado ya suspendió la vista.
Se había señalado para los días 12 y 13 de diciembre, pero la defensa de los encausados -encabezada por Montserrat Vinyets y Benet Salellas- pidió su suspensión porque el caso podría incluirse en la ley de amnistía que se estaba tramitando.
El tribunal retrasó un año la celebración del juicio, y lo señaló nuevamente para los días 11 y 12 de noviembre.
Ahora, sin embargo, la causa nunca llegará a juzgarse.
Porque el juzgado de lo penal 2 de Girona ha amnistiado a los cuatro encausados, y ha decretado tanto el sobreseimiento como el archivo de las actuaciones.
Lo hace después de que este 11 de junio pasado los dos abogados entregaran un escrito solicitando la amnistía.
Un documento que subrayaba que los activistas cumplían todos los requisitos fijados en el artículo 1 de la ley para acogerse a la medida de gracia.
El auto que ha emitido el juzgado recoge que, tras trasladarlo tanto a la fiscalía como a la abogacía del Estado, las dos partes tampoco se opusieron a la aplicación de la amnistía.
El escrito subraya que el artículo 1 de la ley de amnistía ampara “los actos de desobediencia, desórdenes públicos, atentado contra la autoridad o resistencia” que tuvieron lugar entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023 “en el contexto del denominado proceso independentista catalán”.
A las siete y media de la mañana
En el caso en concreto que afectaba a los cuatro activistas, el juzgado recuerda que los hechos por los que se les investigaba -el corte de la alta velocidad- tuvo lugar el 1 de octubre de 2018 a las 6:32 de la mañana.
“Por tanto, los hechos que son objeto de enjuiciamiento se llevaron a cabo dentro del ámbito temporal fijado dentro del articulado de la ley, y se ejecutaron como consecuencia y en conmemoración de los hechos que ocurrieron el 1 de octubre de 2017“, recoge el auto (en referencia al aniversario del referéndum).
“Por ello se entiende que los delitos de desórdenes públicos se subsumen dentro del artículo primero de la Ley Orgánica 1/2024 del 10 de junio”, añade el juzgado.
En este caso, haciendo referencia a la aplicación de la amnistía.
El auto, sin embargo, sí recoge que, si bien se extingue “la responsabilidad criminal”, la parte civil deberá debatirse ante la jurisdicción correspondiente.
En la causa, como acusaciones particulares, había personados tanto Adif como Renfe Viajeros SA.
Las detenciones por el corte del AVE y las movilizaciones que hubo en Girona durante el primer aniversario del 1-O dieron lugar a la campaña de solidaridad ’21 razones’.