La Ciutat de Girona

9 años de prisión por abusar de la compañera de trabajo en Girona

La Audiencia de Girona ha condenado a 5 años de prisión al acusado de abusar de una compañera de trabajo cuando dormía afectada por el consumo de alcohol. La sentencia concluye que el 10 de enero de 2021, la víctima organizó un almuerzo en su casa con amigos del trabajo. Hacia las once de la noche, la mujer se sintió “indispuesta” por el alcohol y se estiró en el sofá. Cuando el resto de invitados se marcharon, el procesado se quedó en el domicilio. Según el tribunal, acabó llevando a la mujer a la cama y, una vez allí, abusó de ella. La sentencia recoge los mensajes que el acusado envió a la víctima reconociendo los hechos y pidiéndole perdón y no se cree la justificación exculpatoria del procesado al juicio: “La única conclusión evidente es que la violó”.

La fiscalía y la acusación particular, encabezada por el letrado Benet Salellas, acusaban al procesado de un delito de abuso sexual con la agravante de parentesco y pedían una pena de 8 años de prisión. El acusado negó los hechos y la defensa solicitaba la absolución.

La sentencia de la sección cuarta de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente el magistrado Adolfo García Morales, recoge que el acusado era uno de los compañeros de trabajo a los que la víctima invitó a comer a su casa el 10 de enero de 2021. Durante la comida y en la sobremesa, el grupo estuvo consumiendo “importante cantidades de alcohol”. Esto hizo que, hacia las once de la noche, la víctima se sintiera “indispuesta” y se tumbara en el sofá de su casa.

“Los compañeros de trabajo fueron marchando y se quedó en el domicilio el acusado”, expone la sentencia. La Audiencia concluye que la víctima acabó vomitando y que el procesado decidió llevarla hasta la cama. Una vez allí, sin embargo, y sabiendo que la mujer no podía “ni consentir ni desear” por la ingesta de bebidas, le hizo tocamientos en los genitales y en los pechos. “Estos hechos provocaron que la víctima se despertara, se moviera y protestara, parando al acusado y marchando inmediatamente del lugar”, añade el tribunal.

A la hora de condenar al procesado, la sección cuarta señala que el relato de la víctima ha sido “especialmente convincente” y que, además, hay pruebas contundentes que acreditan los abusos. La Audiencia remarca que la conversación de Whatsapp que acusado y víctima tuvieron aquella madrugada y al día siguiente solo tienen una “conclusión lógica”, que es lo que procesado estaba reconociendo “que la violó” y se sentía “avergonzado” de lo que había hecho.

En el juicio, el acusado intentó dar una explicación exculpatoria a los mensajes. Según su versión, los dos habían mantenido una relación sentimental “breve” y luego acordaron no meterse en situaciones “de riesgo”, como beber alcohol, para evitar el contacto físico. El procesado dijo que entendió que había “cruzado un límite” porque, mientras llevaba a la mujer hasta la cama, ella le había hecho un guiño y él le había devuelto.

Mensajes pidiendo perdón

El tribunal rechaza de lleno esta justificación y señala que el contenido de los whatsapp son “altamente elocuentes” y acreditan los hechos. “Siento tanto lo que voy a hacer. Nada volverá a ser igual, lo he estropeado todo”, “Todavía no me puedo creer lo que voy a hacer, como voy a poder caer tan bajo. No quiero que me perdone, yo nunca lo haré. Espero y deseo que me olvides, me borres de tu memoria y así quizás ya no te pueda hacer más daño. Estoy tan decepcionado de mí mismo, no puedo vivir con esta vergüenza” y “Lo siento. El alcohol puede ser un atenuante, pero no tengo perdón”, son los otros mensajes que le envió y que están recogidos en la causa.

“Esta situación, suplicar perdón, sentirse avergonzado fracasado o decepcionado con él mismo, nos parece un exceso de sumisión para quien nada ha hecho”, argumenta la sentencia que resuelve que la única conclusión posible es que “el acusado ha violado a la víctima y que, una vez le reprocha su comportamiento, se siente muy avergonzado”.

Además, la Audiencia también remarca las secuelas que ha sufrido la mujer: “Presentó una sintomatología ansiosa depresiva compatible con un trastorno moderado por estrés postraumático”. De hecho, sigue necesitando recibir atención psicológica hoy en día.

El tribunal condena al acusado, Carlos Alberto Peláez, como autor de un delito de abuso sexual agravado porque la víctima estaba “privada de conocimiento como consecuencia del alcohol ingerido” y le impone 5 años de prisión. El procesado no podrá acercarse a menos de 200 metros ni comunicarse con la víctima durante 8 años y estará 5 años en libertad vigilada.

En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la víctima con 15.000 euros. Es más de lo que pedía la fiscalía y se aproxima a lo peticionado por la acusación particular. El tribunal lo justifica “por el impacto que el delito ha tenido en la vida ordinaria de la perjudicada” porque sigue necesitando asistencia psicológica y porque v a tener que dejar el trabajo y cambiar su lugar de residencia a raíz de los hechos y para evitar encontrarse con el acusado.

Tags: Girona
MinervaPacheco

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