Ya está abierta la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para personas mayores de 65 años o más.
Para más información, quien quiera podrá asistir a las dos reuniones informativas que se harán en el Casal Guiteras, el día 5 de marzo a las 5 de la tarde y, en el Casal la Rambla, el día 12 de marzo a las 5 de la tarde.
La convocatoria va destinada a todas aquellas personas que:
- Tengan 65 años o más, a partir del 26 de febrero de 2024.
- Acrediten residencia legal en Cataluña con el NIF o el NIE vigente solicitando la ayuda
- Sus ingresos mínimos sean de 7.967,73 euros anuales y máximos 24.301,57.
- Sea titular del de alquiler o cesión de uso de una vivienda o de una habitación, que constituya su domicilio habitual y permanente, además de estar empadronado.
- Acredite que el arrendatario haya pagado la fianza al arrendador.
El precio máximo que se aplicará por el alquiler o cesión de uso, como en el resto de la demarcación de Barcelona, será de 650 euros máximo. En cuanto al supuesto de una habitación, el precio será de 350 euros máximo. Aun así, también se incluyen algunas excepciones como: familias numerosas, familias monoparentales y/o discapacidad con baremo favorable (movilidad reducida), y su precio máximo es de 900 euros, como en el resto de Cataluña.
Las personas solicitantes de la convocatoria también deberán cumplir con:
- Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera.
- Estar al corriente de pago de las rentas de alquiler o del precio de cesión en el momento de la presentación de la solicitud.
- Pagar el alquiler, por medio de: transferencia bancaria, ingreso en cuenta, recibo domiciliado, bizum o recibo emitido por la persona administradora de la finca.
- No se acepta ningún otro tipo de pago en metálico.
- En el recibo debe constar como mínimo: quién lo paga, quién cobra, el importe del alquiler y la mensualidad correspondiente.
- Las obligaciones tributarias ante el Estado, la Generalitat y la Seguridad Social.
- Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
El plazo para solicitar la ayuda es hasta el 27 de marzo de 2024 a las 3 de la tarde. El importe de la ayuda mensual se encuentra entre los 20 y los 200 euros. Para cualquier duda, el resto de características y documentación está en las bases. El Ayuntamiento de Vic ofrece ayuda a través de la oficina Local de Vivienda, situada en la Plaza Santa Eulalia 1, bajos.