La Audiencia de Lleida ha impuesto una pena de 4 años de prisión al cuarto individuo encausado en el juicio contra el supremacismo blanco que se celebró a mediados de enero. La condena es por un delito contra la salud pública en la modalidad de sustancias que causan daños graves a la salud y por otro de tenencia de armas prohibidas.
Durante el registro en su casa en Ronda, en Málaga, los agentes encontraron sustancias psicotrópicas y fármacos, además de un puñal, un puño americano y un cartucho de nueve milímetros. Según la sentencia, el hombre colaboraba con los dos principales acusados, que ya aceptaron penas de hasta 3 años y medio de prisión por un delito de odio por haber difundido mensajes contra los inmigrantes. Otro individuo fue absuelto.
La defensa del condenado alegaba que las sustancias incautadas en su domicilio -entre ellas ketamina o 2-cb– eran de su hermano o habían sido prescritas por un supuesto veterinario. También encontraron una báscula de precisión. Las magistradas, sin embargo, no ven indicios que fundamenten su versión y consideran que “su tenencia estaba en este caso preordenada al tráfico”.
Además, la Audiencia de Lleida recuerda que el hombre tenía una relación estrecha con las drogas y que asesoró a los principales acusados a la hora de cultivar marihuana en La Pobla de Rosanes, en Les Garrigues, con el objetivo de venderla y ganar dinero. Con todo, finalmente decidieron destruir la plantación y han quedado absueltos por estos hechos.
El dispositivo de vigilancia y seguimiento de los acusados se dio por terminado después de que uno de ellos pidiera asesoramiento al condenado sobre qué sustancia debía usar para anular la voluntad de su pareja y así poder mantener relaciones sexuales no consentidas. El individuo le recomendó drogas como el MDMA o el GBL, y se ofreció para conseguirlas.
Simpatizante del supremacismo
En la resolución judicial, que se puede recurrir ante el TSJC, las magistradas concluyen que el condenado simpatizaba con la ideología “extremista, radicalizada y xenófoba” que ostentaban el resto. En sus dispositivos electrónicos encontraron fotografías donde aparecía con banderas nazis o armas. Durante el registro le encontraron un puñal, un puño americano y un cartucho de calibre nueve milímetros -todos considerados prohibidos-.
Por el delito contra la salud pública en la modalidad de sustancias que causan daños graves a la salud la Audiencia le impone 3 años de prisión y 472 euros de multa, y por el delito de tenencia de armas prohibidas, 1 año adicional de prisión y 4 años de inhabilitación para la tenencia de armas.
Expulsar y “aniquilar” a inmigrantes
La sentencia considera probado que entre 2018 y 2019 los dos acusados que reconocieron los hechos durante el juicio generaron y difundieron material y comentarios en Telegram y foros de internet en los que denigraban personas a las que consideraban inferiores por no ser de raza blanca, heterosexuales, tener discapacidad, profesar determinadas religiones o ser de fuera de Europa.
En las redes defendían “la necesidad de exterminar a algunas de ellas”, una amenaza que los Mossos consideraron “factible”. Uno de los acusados llamaba a organizarse y a luchar contra la inmigración, se definía como racista y enalteció algunos asesinatos supremacistas. Otro decía que “en muchos casos merecían la muerte más infame” y había que “aniquilarlos”.
Según la sentencia, los tres condenados establecieron una comunidad similar a “una milicia” en Les Garrigues para ampliarse. La investigación policial apuntó que querían crear “comunidades blancas” aisladas y autosuficientes en entornos rurales, las cuales debían abastecerse de armas y prepararse para lo que llamaban “la guerra racial”.