El Pleno de la Diputación de Girona, en la sesión del mes de junio, que ha tenido lugar hoy, ha aprobado las bases específicas reguladoras de subvenciones a los entes locales para gastos de prestación de los servicios de intermediación en el ámbito de la vivienda.
El servicio de Vivienda de la Diputación de Girona ha detectado nuevas necesidades que hacen indispensable ofrecer apoyo económico y técnico a los entes locales mediante una línea de subvenciones de concurrencia no competitiva, destinada a financiar la prestación de los servicios de intermediación en el ámbito de la vivienda.
La propuesta de subvenciones se alinea con los objetivos establecidos por el servicio de Vivienda dentro del Plan Estratégico de Subvenciones actual, y tiene como finalidad reforzar económica y técnicamente los entes locales incluidos en el Plan de Servicios en el ámbito de la vivienda de la Diputación de Girona, en cuanto específicamente a los servicios de intermediación en el ámbito de la vivienda.
Podrán optar por las subvenciones reguladas por estas bases los ayuntamientos y consejos comarcales del ámbito territorial de la Diputación de Girona que dispongan de la concesión del servicio de intermediación en materia de vivienda, en el marco del Plan de Servicios de la Diputación.
El importe máximo de la subvención que corresponde a cada ente local es el siguiente:
a) Servicios jurídicos al servicio de intermediación en el ámbito de la vivienda
- a.1) Servicios prestados por letrados externos: importe máximo de 6.000 euros, con un precio máximo la hora de 37,51 euros.
- a.2) Servicios prestados por personal letrado propio: importe máximo de 6.000 euros.
b) Servicio de atención a la ciudadanía: gastos de personal imputables a la gestión de la atención a los usuarios del servicio de intermediación en el ámbito de la vivienda, en función de las horas de dedicación del personal. Importe máximo: 2.000 euros.
c) Servicio de gestión administrativa: gastos de personal imputable a la gestión de la contratación administrativa del servicio de intermediación en el ámbito de la vivienda, en función de las horas de dedicación del personal. Importe máximo: 500 euros.
El importe de la subvención total que corresponde a cada ente local no podrá ser superior a 8.500 euros, y podrá llegar al 100 % del gasto correctamente justificado.
Fomento de programas socioeducativos
En la sesión plenaria de este mes de junio también se ha dado luz verde a las bases de subvenciones para el fomento de programas socioeducativos estratégicos en el ámbito de las comarcas gerundenses.
Estas bases tienen por finalidad estructurar y fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones del servicio de Educación y Juventud de la Diputación de Girona, previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027. Tienen como objetivo apoyar a ayuntamientos y entidades que dependen de ella, entidades municipales descentralizadas, centros educativos y de educación especial, centros de investigación pedagógica y otras personas jurídicas que desarrollen actividades educativas y juveniles en las comarcas gerundenses.
En este contexto, la Diputación de Girona, mediante su acción de cooperación territorial, impulsa una educación inclusiva, equitativa y de calidad, promoviendo oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida y fomentando la colaboración entre agentes públicos y privados. El objetivo es reforzar las acciones educativas y juveniles, especialmente dirigidas a jóvenes en situación de vulnerabilidad.
El importe máximo individualizado de la subvención concedida no podrá ser superior a 20.000 euros ni inferior a 5.000 euros.
Ciclo de Conciertos de Música de Cobla
El Pleno también ha aprobado la línea de subvenciones dirigidas a los ayuntamientos u organismos autónomos locales de las comarcas gerundenses para la realización del Ciclo de Conciertos de Música de Cobla.
Estas subvenciones son gestionadas por el Área de Cultura, Nuevas Tecnologías y Deportes, y están incluidas dentro del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027, aprobado por el Pleno de la Diputación el 19 de diciembre de 2023.
Se podrán financiar con cargo a las subvenciones reguladas en estas bases los conciertos de música de cobla que se lleven a cabo durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre del año anterior al de la resolución de la convocatoria y el 2 de noviembre del año de la resolución de la convocatoria.
Las cobijas participantes deben estar inscritas en el catálogo de artes en vivo Escénicos, con una oferta específica para el Ciclo de Conciertos de Música de Cobla. Esta oferta deberá indicar el espectáculo concreto y el caché exacto.
Los ayuntamientos o entes locales que quieran participar deberán contratar una cobla del catálogo con la etiqueta correspondiente y la Diputación financiará a cada ayuntamiento u organismo local la parte del caché que se establezca en la convocatoria.