La Ciutat de Andorra

Andorra regula los requisitos y la adjudicación de las viviendas públicas de precio asequible

La ministra de Presidencia, Economía, Trabajo y Vivienda, Conxita Marsol, ha presentado el Reglamento de acceso, adjudicación y gestión de las viviendas públicas de precio asequible. Lo ha hecho dentro de uno de los pisos del antiguo Hotel Ártico (c. Tobira, 11), el primer edificio del nuevo parque público, cuyos 27 pisos se adjudicarán mediante el Reglamento que se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Principado de Andorra (BOPA).

“Es el primer paso, firme, para crear un parque público de vivienda de alquiler a precio asequible que, en los próximos dos años, incorporará más de 300 pisos al mercado“, ha dicho la ministra Marsol. “Trabajamos con intensidad para alcanzar la voluntad del Gobierno y avanzar para que ninguna familia tenga que destinar más del 30 % de los ingresos al alquiler”, ha añadido. La creación del parque público de vivienda a precio asequible se suma a otras medidas en las que trabaja el Ejecutivo para hacer aflorar en el mercado pisos vacíos, fomentar la colaboración con los comunes y potenciar las inversiones público-privadas.

El Reglamento, que hoy ha presentado Conxita Marsol junto con el secretario de Estado de Economía, Trabajo y Vivienda, Jordi Puy, crea un Registro de solicitantes de viviendas de precio asequible, que permitirá proporcionar información sobre las personas y familias que lo requieren, así como de las características y tipología de los hogares. Al mismo tiempo, el Registro constituirá una base de datos de quienes cumplen los requisitos de acceso al parque público de alquiler. Aparte del Registro, el Reglamento regulará el acceso y el procedimiento de adjudicación, un proceso que correrá a cargo del Instituto Nacional de la Vivienda, que también gestionará los pisos (adjudicación, contratos y mantenimiento de edificios).

Las personas interesadas en optar a una vivienda pública de precio asequible será necesario, pues, que se inscriban previamente a un Registro. Deberán hacerlo tanto la persona solicitante, como todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar de convivencia, y es un requisito imprescindible que hayan residido en Andorra durante al menos los últimos cinco años. Los aspirantes a un piso del parque público de alquiler asequible deberán acreditar que destinan más del 30% de sus ingresos al pago del alquiler, y que no disponen de una vivienda de propiedad, ni en Andorra ni en el extranjero.

Además, los solicitantes, mayores de edad, deberán acreditar que disponen de unos ingresos mínimos anuales situados entre el salario mínimo vigente, y máximos de hasta 2,2 veces el salario mínimo. En el caso de familias con dos o más hijos menores a cargo, los ingresos máximos anuales netos se incrementan hasta 2,5 veces el salario mínimo, siempre que los dos progenitores acrediten una fuente regular de ingresos. Para poder formar parte del Registro, el patrimonio de la persona solicitante o miembros de la unidad familiar de convivencia deberá ser inferior a 4 veces el salario mínimo en cómputo anual. Se incluyen dentro de este concepto los ahorros depositados en los bancos, cualquier inmueble o derecho real con contenido económico, así como el valor de los bienes muebles que estén inscritos en cualquier registro.

Para cada uno de los edificios del parque público de vivienda de alquiler a un precio asequible, se publicará en el BOPA una convocatoria de acceso y de adjudicación, que establecerá el precio mínimo de la vivienda según la tipología. En cualquier caso, los adjudicatarios pagarán, como máximo, el 30% de sus ingresos para el alquiler. En todo caso, la renta de alquiler será el 25% inferior a precio de mercado.

El plazo de duración de la cesión del uso de una vivienda de precio asequible es de tres años, a contar desde la fecha de formalización del contrato, y es prorrogable de año en año hasta un máximo de dos años más, siempre que la persona adjudicataria continúe cumpliendo los requisitos para acceder a una vivienda pública de precio asequible en el momento en que finaliza el plazo principal o la prórroga.

Las personas interesadas, debidamente inscritas en el Registro, son preseleccionadas, en primer lugar, según la composición del hogar y la tipología de la vivienda disponible. Así, por ejemplo, una persona sola o una pareja serán candidatos a un estudio o un piso de una habitación, mientras que las familias con hijos optarán a viviendas de más de una habitación.

Con relación a los criterios de adjudicación, los ingresos del hogar serán un factor importante a la hora de puntuar los candidatos. Obtendrán una mayor puntuación los candidatos con ingresos que superen ligeramente el salario mínimo, un sistema de puntos que irá bajando hasta aquellos que acrediten ingresos superiores o iguales a dos veces el salario mínimo.

Asimismo, las personas que acrediten más de diez años de residencia ininterrumpida obtendrán una puntuación extra, así como aquellos inscritos en la parroquia donde se ubica la vivienda pública de precio asequible, en un plazo ininterrumpido de 2 años antes de la fecha de la convocatoria. Los criterios de adjudicación tendrán en cuenta las personas con discapacidad, las familias monoparentales, las víctimas de violencia de género, las personas mayores de 65 años y también las de menos de 35 años.

Los primeros pisos que se pondrán a disposición del parque público de vivienda en alquiler asequible son los 27 del Edificio Tobira, 11: 12 viviendas de 1 habitación, 12 viviendas de 2 habitaciones, y 3 viviendas de 3 habitaciones. Una vez se publique el Reglamento en el BOPA, los candidatos podrán inscribirse en el Registro, en el servicio de Trámites o a través de la sede electrónica.

Tags: Andorra
Melissa Redacció Grua

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