domingo, 19 de enero de 2025
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‘Ultimátum’ en el Ayuntamiento de Mataró para reconstruir Can Fàbregas

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El juzgado de lo contencioso administrativo 7 de Barcelona obliga al Ayuntamiento de Mataró a reconstruir la nave de Can Fàbregas y de Caralt a su ubicación original, cuando hace quince años que se desmontó, según el auto al que ha tenido acceso la ACN. Las piezas de la nave se conservan en un solar municipal desde entonces y el objetivo inicial del consistorio era reconstruirla en un espacio próximo, ya que en el emplazamiento original se tenía que construir un Corte Inglés.

El proyecto, sin embargo, fracasó y ahora el juez da al consistorio un “plazo improrrogable de un mes” para hacer efectiva una sentencia que en el año 2014 ya ordenaba la restitución de la nave en su lugar original. También pide que se informe de los pasos que se lleven a cabo para hacerlo posible.

El asunto de Can Fàbregas vive estos días un nuevo capítulo. El Ayuntamiento de Mataró ha recibido recientemente un auto del contencioso que le ordena a reconstruir la antigua nave en el mismo lugar donde hace quince años se desmontó por bloques con el objetivo de reconstruirla en el futuro en otro emplazamiento.

En este sentido, los tribunales ya se han pronunciado con anterioridad e incluso el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña llegó a calificar de “inverosímil” el hecho de que se decidiera trasladar una antigua nave fabril pieza a pieza hasta un depósito y después reconstruirla a escasos cien metros de la ubicación original.

Todas las sentencias al respecto parten del decreto de alcaldía de 2009 para la aprobación del proyecto de urbanización de los terrenos en litigio, que se declaró nulo. En el último auto de lo contencioso el juez insiste en que ello “implica la restitución de las cosas a su estado natural”.

El juez también apunta que la reconstrucción tiene aún más sentido cuando fue el propio Ayuntamiento quien se comprometió a hacer esta misma reconstrucción, pero en otro solar cercano a su ubicación original, dando a entender que la operación es del todo viable.

Finalmente, el auto de ejecución de sentencia avisa al Ayuntamiento de Mataró de que ante una nueva situación de incumplimiento se podrían empezar a aplicar sanciones económicas, de acuerdo con las medidas previstas por el artículo 112 de la Ley del contencioso.

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