El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de siete años de prisión impuesta a un hombre condenado por agredir sexualmente a una joven con parálisis cerebral, a quien dejó embarazada. El máximo órgano judicial ha rechazado el recurso presentado por la defensa del acusado, que pretendía una reducción de la pena, y ha avalado íntegramente la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía…
Según el Supremo, la víctima no se encontraba en condiciones de dar un consentimiento sexual de manera libre y consciente a causa de su discapacidad. Esta valoración ha sido clave para mantener la calificación del delito como violación.
Aunque la condena inicial era superior, el TSJA lo ha remachado 18 meses al estimar parcialmente un recurso de apelación de la defensa, que alegó la atenuante de reparación del daño. El tribunal andaluz reconoció que el acusado había hecho un “esfuerzo importante” para pagar una parte significativa de la indemnización fijada, pese a no tener trabajo regular en España. Según recoge la sentencia, el hombre incluso se desplazó a Francia para trabajar en la cosecha de fruta utilizando la documentación de su hermano.
Además de la pena de prisión, el condenado deberá cumplir siete años más de libertad vigilada una vez salga de la cárcel y le queda prohibida cualquier comunicación con la víctima o acercarse a ella a menos de 500 metros durante un periodo de 15 años.