Un cirujano maxilofacial ha sido condenado a pagar una multa de 3.960 euros por operar el lado equivocado de la cara de una paciente y cambiar posteriormente su historia clínica para eludir algún tipo de responsabilidad.
El 26 de julio de 2013, una paciente con trastorno de la articulación temporomandibular se puso en las manos de este cirujano, especialista, además, en esta patología. El 2 de julio del año siguiente, en 2014, la operación tuvo lugar en el Hospital Universitario de La Ribera de Valencia. El lado de la cara donde se le había detectado la contractura a la paciente era el derecho, pero el médico le operó el izquierdo.
A posteriori y al darse cuenta del error cometido, “con ánimo mentiroso, bajo el propósito de eludir sus responsabilidades profesionales“, modificó la historia clínica de la paciente, indicando que el lado izquierdo era el afectado y el que debía operarse. A raíz de esta intervención errónea, la paciente sufrió varias lesiones y le han quedado cicatrices.
El ministerio fiscal había pedido una pena de cinco años y seis meses de prisión para el acusado, pero, finalmente, se le ha impuesto esta multa en concepto de lesiones por imprudencia profesional grave y falsificación documental. La indemnización para la víctima asciende a 80.000 euros, en concepto de responsabilidad civil.