jueves, 12 de diciembre de 2024
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Absuelto el homw que violó a dos chicos, uno de ellos con discapacidad en el Pla de l’Estany

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La Audiencia de Girona ha absuelto al acusado que se enfrentaba a 16 años de prisión por violar a dos chicos en Porqueres (Pla de l’Estany) la madrugada del 16 de octubre de 2021. La fiscalía y las acusaciones sostenían que el procesado y las víctimas, uno de ellos con una discapacidad del 45%, coincidieron en un bar y que, sucesivamente, consiguió que salieran al exterior con una excusa. Una vez allí, según las acusaciones, habría abusado de ellos. En el juicio, el acusado alegó sexo “totalmente consentido” con uno de los denunciantes y dijo que el otro se lo había inventado. La sentencia concluye que los presuntos abusos a una de las víctimas “no se ha acreditado” y que tampoco hay pruebas que avalen que las relaciones con el otro fueran “sin consentimiento”.

Al final del juicio, las acusaciones solicitaron para el acusado una condena de 16 años de prisión y multa de 600 euros por dos delitos de abuso sexual con penetración, uno cometido contra una víctima especialmente vulnerable, y un delito leve de amenazas. La defensa, encabezada por la letrada, pedía la absolución. La letrada argumentó que no había pruebas que acreditaran los hechos.

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Mora Lucas, da la razón a la defensa. La resolución recoge que la noche del 15 de octubre de 2021, el acusado y los denunciantes coincidieron en un bar de Porqueres. “Resulta acreditado”, según que el tribunal, que entre las dos y las tres de la madrugada, ya del día 16, el procesado y uno de los chicos salieron fuera del local y mantuvieron relaciones sexuales.

En el juicio, las víctimas declararon a puerta cerrada. El procesado reconoció haber tenido sexo con uno de los denunciantes pero afirmó que fue “totalmente consentido”. “No ha resultado acreditado que estas relaciones sexuales se realizaran sin consentimiento, ni que este consentimiento estuviera anulado o viciado por un temor a represalias”, concluye el tribunal.

La Audiencia recoge en la sentencia que el informe médico forense (que apreció una fisura anal a la víctima) y el informe que detectó restos de semen del procesado en la víctima acreditan que hubo relaciones sexuales entre ellos dos pero sostiene que no hay ninguna prueba que permita probar que no fueron consentidas.

“La declaración de la víctima respecto a la falta de consentimiento no tiene otro apoyo que el informe forense que recoge secuelas psíquicas y su relato cuenta con contradicciones respecto a lo declarado en sede de instrucción, a lo que han dicho otros testigos y a lo que han dicho. reflejan los mensajes de Whatsapp entre él”, argumenta la sección tercera que, por ello, resuelve que la declaración del denunciante “no se prueba de cargo suficiente” para desvirtuar la presunción de inocencia del procesado.

En relación al otro presunto abuso sexual, la víctima tiene reconocida una discapacidad del 45%. Según concluye la Audiencia, “no ha resultado acreditado que aquella la noche el acusado mantuviera relaciones sexuales con él”. La sentencia recoge que no tenía ninguna lesión, no le localizaron restos biológicos compatibles con el procesado y que, además, las declaraciones de los testigos que compartieron tiempo con él aquella noche hacen “surgir serias dudas sobre la versión del denunciante”.

Por ello, la Audiencia dicta una sentencia absolutoria. La resolución no es firme y se puede recurrir al TSJC.

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