La Audiencia de Barcelona ha dejado fuera del ‘caso Negreira’ al actual presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, y a todos los miembros de su directiva o cargos del club durante sus primeros mandatos, de 2003 a 2010. As铆, los magistrados consideran prescritos los posibles delitos cometidos al pagar importantes cantidades de dinero al exn煤mero 2 de los 谩rbitros espa帽oles, Jos茅 Mar铆a Enr铆guez Negreira. Laporta y otros exdirectivos del Bar莽a, as铆 como el propio club, eran investigados por corrupci贸n deportiva, adem谩s de administraci贸n desleal, falsedad en documento mercantil y un delito contable, este 煤ltimo s贸lo para el club.
En septiembre pasado el magistrado del juzgado de instrucci贸n n煤mero 1 de Barcelona, Joaqu铆n Aguirre, dictamin贸 que Laporta y otros exdirectivos pasaran a ser investigados por estos pagos sospechosos a Negreira y su hijo a trav茅s de sociedades de su propiedad y con motivos confusos. Consideraba que era un delito continuado de soborno, porque los pagos se hab铆an producido desde antes del primer mandato de Laporta hasta 2018. Como este delito no prescribe hasta los 15 a帽os, la investigaci贸n se ampliaba hasta 2009, lo que abarcaba el primer mandato de Laporta.
La Audiencia critica que el magistrado instructor contemple la continuidad de un delito cuando, en realidad, los autores fueron cambiando en el tiempo, ya que tras Laporta la junta directiva estuvo presidida por Sandro Rosell y posteriormente por Josep Maria Bartomeu. As铆, considera que cada uno de los tres presidentes del periodo investigado debe responder por los pagos que se hicieron bajo sus mandatos. Por eso, cuando acaba cada mandato es cuando se debe empezar a contabilizar el plazo de prescripci贸n, dice el tribunal. Laporta fue presidente, y directivo, hasta el 30 de junio de 2010.
Los magistrados concretan que podr谩 aplicarse el delito de soborno a ninguno de los, ya que hace unos d铆as ya se descart贸 al considerar que la Federaci贸n Espa帽ola de F煤tbol y el Comit茅 T茅cnico de 脕rbitros no son organismos p煤blicos, y por tanto Negreira no era funcionario y no se puede aplicar este delito.
En el caso del delito de corrupci贸n deportiva se introdujo en el C贸digo Penal s贸lo una semana antes de que Laporta dejara el cargo. Por ello, la Audiencia dice que se debe estudiar la prescripci贸n de los delitos de administraci贸n desleal y falsedad documental. En ambos casos la prescripci贸n es al cabo de cinco a帽os. Como la investigaci贸n se inici贸 en 2023, el caso habr铆a prescrito para Laporta y los directivos que plegaron en 2010.
Por otro lado, el tribunal no admite la petici贸n de archivo del presidente Rosell, ya que el delito que se le atribuye a 茅l prescribe a 10 a帽os, y 茅l habl贸 de presidente en 2014 y, por tanto, no estar铆a prescrito.
La sala no admite la petici贸n de archivo parcial para su persona presentada por.R.F. ya que la pena asociada al delito que se le imputa tiene un plazo de prescripci贸n de 10 a帽os, que no han transcurrido.