Vivir en una vivienda donde no estás empadronado no es nada extraño. Es mucha la gente que, aunque hace tiempo que está emancipada, todavía no ha pasado por la oficina del Padrón Municipal para hacer los trámites pertinentes. Lo que muchas personas desconocen es que estar empadronado donde residas es un requisito legal. El hecho de no estarlo, aparte de poder acarrear problemas a la hora de recibir notificaciones oficiales, citaciones o similares, también puede ser motivo de multa.
Según el artículo 59 del Real Decreto 781/1986, “todo español o extranjero que viva en territorio español deberá estar empadronado en el municipio donde resida habitualmente“. En el caso de personas que se mueven entre dos o más domicilios, éstas deben empadronarse en aquel donde vivan durante más tiempo a lo largo del año.
Las multas establecidas dependen del número de habitantes del municipio donde se reside sin estar empadronado. Si se trata de un municipio de hasta 5.000 habitantes, puede costar 3 euros. De 5.001 a 20.000 habitantes, 30 euros; de 20.000 a 50.000,60 euros. En ciudades como Tarragona, de 50.001 a 500.000 habitantes, 90 euros. En un municipio de más de medio millón de habitantes, como Barcelona, la multa sería de 150 euros.
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