La policía puso en marcha este jueves 3 de abril una campaña de once días contra la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas. La finalidad de los controles específicos que se llevarán a cabo hasta el 13 de abril es prevenir y reducir los accidentes de tráfico.
Esta nueva campaña, la primera de este 2025, sigue el plan de actuación marcado por el ministerio de Justicia e Interior a propuesta de la Policía. El objetivo principal es disuadir y prevenir las conductas de riesgo para mejorar la seguridad en las carreteras y disminuir la siniestralidad. El hecho de anunciarlos también responde a la voluntad de seguir concienciando a la ciudadanía de los peligros del alcohol y las drogas al volante, riesgos que pueden suponer consecuencias muy graves tanto para los conductores que consumen como para el resto de usuarios de la red viaria.
La policía recuerda que, en aplicación de una sentencia sobre los márgenes de error de los etilómetros, se procede a la detención de una persona que conduce bajo los efectos del alcohol a partir de una tasa igual o superior a 0,87 gramos de alcohol por litro de sangre y de 0,57 con respecto a los conductores profesionales. Aunque entre 0,81 y 0,86, en el caso de los conductores no profesionales, y entre 0,51 y 0,56, en el caso de los profesionales, no se practique la detención, la Policía sancionará o derivará el dossier a la Procuraduría en función de la sintomatología y las circunstancias del control.
En cuanto a la vía administrativa, se sancionará a los conductores de vehículos con una tasa de alcoholemia igual o superior a 0,57 y hasta 0,80. En el caso de los conductores profesionales, la sanción se pondrá a partir de un resultado igual o superior a 0,02 y hasta 0,50.
El margen de error no se aplica en caso de que la prueba de alcoholemia sea en sangre. En este supuesto, los límites penales se sitúan en los 0,80 y el 0,50.
La infracción administrativa puede incluir la suspensión del carné de conducir durante un máximo de dos meses, además de una sanción de 400 euros. Las mismas consecuencias se aplicarían a conductores no profesionales.
Para los conductores profesionales, superar los límites de la responsabilidad penal puede suponer, además de la detención, una multa de 1.200 a 6.000 euros, dos años de prisión, la retirada del permiso de conducir hasta cuatro años y la inhabilitación para el ejercicio del oficio o el cargo también durante un máximo de cuatro años. Para los conductores no profesionales, podría comportar una multa de 300 a 3.000 euros, una pena de prisión o arresto de hasta un año y la retirada del permiso de conducir hasta tres años.
La conducción bajo los efectos de las drogas también supone la comisión de un delito menor que conlleva la suspensión del permiso de conducir.
La policía detendrá a todos los conductores que se nieguen a hacerse la prueba. En este caso, la pena de prisión o arresto puede ser de hasta un año, la multa puede ir de 600 a 3.000 euros -de 1.200 a 6.000 euros para conductores profesionales- y puede suponer la retirada del permiso hasta tres años, cuatro si el conductor es profesional.
El cuerpo recuerda que los conductores de bicicletas, patinetes u otros vehículos de movilidad personal (VMP) también deben respetar el Código de la circulación y no están exentos de las consecuencias administrativas y penales de conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas. Por lo tanto, si superan el límite penal, se les debe arrestar.
La policía hace, una vez más, un llamamiento a la responsabilidad de la ciudadanía y aboga por el consumo cero de bebidas alcohólicas y de drogas para evitar que se tengan que lamentar daños personales que pueden ser irreparables.
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