La Ciudad de Barcelona

L’Hospitalet de Llobregat blinda las actividades extraescolares con la Ordenanza de ruidos

El Ayuntamiento de L’Hospitalet ha aprobado una instrucción que adecua la Ordenanza sobre ruidos y vibraciones de L’Hospitalet a lo previsto en la Ley 4/2025, de 26 de marzo, de modificación de la Ley 16/2002, de protección contra la contaminación acústica. Esta nueva ley, aprobada por la Generalitat, tiene como objetivo eximir las actividades extraescolares del cumplimiento del límite sonoro.

El artículo 12.2 de la Ordenanza municipal, aprobada en 1998, establece que los ruidos generados en los patios de escuela y campos escolares en horario escolar y durante el curso lectivo no están sujetos a los niveles de referencia de inmisión sonora interior o exterior, pero no se incluye las actividades extraescolares, es en el horario no lectivo, las actividades.

Con la instrucción aprobada, el artículo 12.2 queda derogado y sustituido por una norma de rango superior como es la Ley 4/2025, que en el artículo 14 bis especifica que quedan excluidos del cumplimiento de los valores límite de inmisión sonora:

  1. Las actividades lectivas, extraescolares, de ocio, culturales y deportivas que desarrollan en los centros educativos entre las 7 y las 21 horas.
  2. Las actividades deportivas que se desarrollan en los equipos deportivos registros en el Censo de Equipos Deportivos de Cataluña (CEEC), fuera de los supuestos de la letra a, entre las 9 y las 22 horas.

La instrucción es de aplicación al control acústico de las actividades con el suyo en L’Hospitalet, lectivas, extraescolares, de ocio, culturales y deportivos que se desarrollan en los centros educativos y de las actividades deportivas que se desarrollan en los equipos deportivos registros en los Censo de Equipos Deportivos de Cataluña.

Tal y como establece en su preámbulo, la nueva Ley 4/2025 tiene como objetivo proteger los patios escolares como uno de los máximos exponentes de convivencia de la infancia y la juventud del país. Una normativa acústica adaptada a la realidad de los entornos educativos escolares y deportivos que constituyen una parte esencial de la formación integral del alumnado, ya que son espacios donde se llevan a cabo actividades lectivas, de deporte extraescolar o de ocio fundamentales para su desarrollo físico y emocional, y potenciar su uso fuera del tiempo lectivo aleja a los niños y a los jóvenes.

Ismael Redacció Lobo

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