ESPAÑA

Rebajan la condena a un hombre que abusaba sexualmente de su hijo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parte del recurso de un hombre condenado a 16 años de cárcel por la Audiencia Provincial de Cádiz por cobarde. un delito continuado de agresión sexual cometido sobre su hijo de cuatro años, así como otro de exhibicionismo, al considerar que se produjeron dilaciones indebidas en el proceso de, por lo que ha rebajado la pena total en seis meses, pasando a ser de 15 años y seis meses.

Además, también ha estimado el recurso por los mismos motivos de un segundo hombre, presente en una de las agresiones, que fue condenado a once meses de prisión por un delito de exhibicionismo y le rebaja la condena a siete meses de prisión.

Según la sentencia, los hechos se cometieron entre en el verano de 2015 y marzo de 2016, cuando el hijo del agresor contaba con cuatro años, mientras que una segunda hija, con ocho años, también presenció los actos e incluso en alguna ocasión pudo arrebatar al hermano de manos del padre y agresor.

En los hechos probados, la sentencia recoge que además el padre llevaba a sus hijos a la playa, entre Cádiz y San Fernando, donde mantenía relaciones sexuales con otros hombres, siendo visto por los menores.

Se da la circunstancia de que el segundo de los hombres acusados es uno con el que mantenía relaciones sexuales en la playa, que en una de las violaciones producidas se encontraba desnudo en su casa presenciando los hechos hasta que se encontraba encerrado. la hija menor sintió llorar al hermano y salió al salón, pudiendo llevarse al hermano de donde era agredido.

La sentencia de la Audiencia Provincial recoge que “en todas estas ocasiones” en las que ocurrieron los diferentes episodios de agresión sexual, “el menor protestaba, lloraba o se negaba“, siendo amenazados por el padre de los niños diciendo que si explicaban lo que pasaba “les enviaría a un colegio interno“.

Una vez condenado por la Audiencia, ambos presentaron recurso ante el TSJA alegando, entre otros motivos, una indebida inaplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, que ha sido lo que ha estimado el alto tribunal andaluz para rebajar la pena en seis meses al padre de la víctima y en cuatro al segundo de los acusados.

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Sheima Abdelmalek

Estudiant de Comunicació a la Universitat Oberta de Catalunya amb menció en Periodisme. Redactora de successos i continuïtat. Corresponsal del Penedès-Garraf.

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