El Juzgado Mercantil número 1 de Lleida ha acordado la exoneración de una deuda de 102.332,50 euros a un vecino de Sidamon que había entrado en insolvencia tras avalar un préstamo solicitado por sus padres. El crédito había sido pedido para afrontar las graves dificultades que sufrió la empresa familiar a raíz de la crisis inmobiliaria y otras circunstancias adversas. El auto judicial permite al cliente acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad y quedar liberado del pasivo insatisfecho.
La resolución constata que su insolvencia no provenía de una mala gestión personal, sino de acontecimientos extraordinarios fuera de su control. La empresa de los padres resultó duramente afectada por la crisis de la construcción de 2008 y, posteriormente, un litigio a raíz de una compraventa frustrada generó un largo proceso judicial y más gastos.
Siguiendo las recomendaciones del banco, la familia canceló una póliza, hipotecó la vivienda y contrató un préstamo adicional con dos años de carencia. El crédito se renovaba automáticamente y la entidad sugirió ampliarlo hasta los 50.000 euros, pero exigía que el hijo y su hermana actuaran como avalistas. Lo aceptaron sin percibir ningún beneficio, mientras que los embargos de Hacienda y los intereses acumulados continuaban aumentando.
Cuando los padres dejaron de poder pagar, se ejecutó la hipoteca. El valor de la vivienda adjudicada no cubría la deuda y la entidad inició un procedimiento contra los dos hermanos para reclamarles la parte restante. “A partir de entonces recibimos embargos constantemente. Además, los intereses de demora eran elevados, pero siempre tuvimos la intención de negociar con el banco. Este se negó en todo momento, llegando incluso a decirnos que pidiéramos dinero a algún conocido para hacer frente al pago de la deuda”, explica el afectado.
La abogada Marta Bergadà, remarca que “la situación era dramática, ya que los dos hermanos habían avalado a sus padres con buena intención y confiaron en las recomendaciones del banco, pero cuando llegaron los problemas este les dio la espalda y se negó a negociar, a pesar de la voluntad que tenían de encontrar una solución”.
La presión fue creciendo hasta el punto de que, en enero de 2020, el hombre fue declarado jubilado por incapacidad permanente tras sufrir un infarto masivo que lo mantuvo más de veinte días en la UCI. Sus únicas fuentes de ingresos —las pensiones de invalidez y de viudedad— quedaron parcialmente embargadas. Según la abogada, “esta deuda no la contrajo en beneficio propio, sino por solidaridad familiar”.
En 2024 cobró una indemnización de un seguro vinculado a su invalidez, que destinó a adaptar la vivienda y a saldar deudas previas, incluidos los honorarios necesarios para conseguir su reconocimiento de incapacidad. Sin embargo, aquel importe le generó un IRPF imposible de asumir. Al mismo tiempo, recibía llamadas constantes de empresas de recobro y entidades financieras.
Bergadà subraya que “no se encontraba en esta situación por haber vivido por encima de sus posibilidades, ni por haber incumplido obligaciones propias. Siempre actuó de buena fe, intentando proteger a su familia, y priorizó su salud y su hogar por pura necesidad”.
Hace pocas semanas, el juzgado dictó el auto que la exoneraba de la deuda. “En el momento en que me llamaron para decirme que se me había exonerado el pasivo insatisfecho gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad me emocioné. Hacía años que no podía dormir más de cuatro horas seguidas y aquel día lo conseguí... Ahora veo el futuro con más tranquilidad, respiro más y espero que el caso de mi hermana también se resuelva pronto”, explica.
