La Guardia Urbana de L’Hospitalet impuso el año pasado un total de 1.937 sanciones a personas conductoras de patinetes eléctricos, en los servicios ordinarios y durante las campañas de control de la circulación de estos vehículos de movilidad personal (VMP) que realizó por toda la ciudad. Las denuncias de 2022 superan significativamente las 1.505 de 2021 y las 750 de 2020.
El incremento de denuncias coincide con la puesta en marcha de la Alianza por la convivencia, todo un conjunto de acciones de sensibilización y control llevadas a cabo con el objetivo de que L’Hospitalet sea cada día un lugar mejor donde vivir.
La mayoría de las multas —de 80 a 1.000 euros, según la gravedad de la infracción— son por circular en aceras o zonas peatonales (689), no respetar los semáforos (378), no obedecer las señales de prohibición u obligación (212), transportar pasajeros en el vehículo (205), utilizar auriculares (131) o dispositivos de telefonía móvil (81) y conducir de forma negligente (123).
El control por parte de la Guardia Urbana de los patinetes eléctricos responde al gran número de quejas ciudadanas e incidentes motivados por la circulación de estos vehículos de movilidad personal por las vías y espacios públicos de la ciudad, y por el incremento de su accidentalidad.
En 2021 entró en vigor una modificación de los reglamentos generales de circulación y de vehículos que regula en todo el Estado el uso de los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, a la espera de futuras normativas que han de incidir en la unificación de los criterios que cada municipio aplica en este ámbito.
El real decreto aprobado por el Consejo de Ministros en noviembre de 2020 define los VMP como vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad de 6 a 25 km/h, definición de la cual quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.
Con esta regulación, queda prohibido el uso por las aceras y las zonas peatonales, deben circular preferentemente por los carriles bici o las vías 30 de uso compartido, solo pueden ser utilizados por una persona y han de limitar la velocidad a 25 km/h. La normativa actual también impide a los VMP circular por vías interurbanas, travesías, túneles urbanos, autopistas y autovías.
Además, los patinetes eléctricos han de cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que sus conductores no pueden usar teléfonos móviles ni auriculares y están obligados a pasar los controles de alcoholemia y drogas. También, el casco pasará a ser obligatorio para los conductores de patinetes eléctricos cuando lo recoja el Reglamento general de circulación o una normativa específica municipal, a raíz de la reforma en marcha de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
