La Audiencia de Tarragona ha condenado a un hombre a tres años y medio de prisión por intentar matar a la pareja sentimental de su ex mujer en Cambrils en el año 2022. Inicialmente, Fiscalía le pedía nueve años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa, ya que el acusado le propinó una puñalada en el abdomen porque “no toleraba” la nueva relación de su ex mujer. Este lunes, el abogado defensor ha alcanzado un acuerdo con el ministerio público y han acordado la rebaja de la pena. El condenado se encuentra en prisión preventiva desde noviembre de 2022. Además, las partes han mantenido la indemnización de 7.768,67 euros para la víctima, que ya ha sido consignada.
Según relata el escrito del ministerio público, el condenado mantuvo una relación sentimental con su pareja durante doce años, de la que nacieron dos hijas. “La ruptura no fue aceptada por el acusado, quien conservó un sentimiento de posesión y celos hacia la mujer, considerando que era de su exclusiva propiedad”, indica la fiscal en su escrito. En el verano de 2022, el investigado fue conocedor de que su expareja mantenía una relación con otro hombre, que no aceptó. A raíz de ello, el 11 de noviembre del mismo año, el acusado se dirigió al domicilio de la nueva pareja, con un objeto cortante y punzante, para agredirlo.
“Lo atacó por sorpresa, impidiendo que se pudiera defender del ataque, y le clavó un objeto punzante en el abdomen”, indica el ministerio fiscal. Según el informe médico forense, el hombre sufrió lesiones en una zona donde hay estructuras vitales y necesitó una intervención quirúrgica urgente. Asimismo, añade que sin “la efectividad del tratamiento”, la herida “de gravedad” habría comprometido la vida de la víctima.
Por todo ello, el ministerio público considera que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato en grado de tentativa. Por ello, inicialmente, le pedía nueve años de prisión, la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 1.000 metros y de comunicarse con ella durante un plazo de diez años. Finalmente, ha rebajado la pena a tres años y medio de prisión y a cinco años el tiempo de prohibición de aproximarse a ella y de comunicarse con ella. Con todo, ha mantenido la petición de una indemnización por responsabilidad civil de 7.768,67 euros, que el condenado ya ha consignado.
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